¿Cómo afecta el Divorcio a un Proceso de Inmigración?

Atravesar un divorcio, normalmente es de por sí, estresante. Pero cuando se le añade al trance de poner fin a un matrimonio el hecho de que, a su vez, éste sea la base para los trámites de inmigración de uno de los cónyuges, las molestias se pueden multiplicar. Por lo que, aún cuando probablemente todo su tiempo y energías se encuentran enfocados en el proceso mismo de divorcio, no vaya a pasar por alto el cómo este cambio en su relación puede afectar -o no- el que pueda permanecer legalmente en territorio de la unión americana una vez que se haya disuelto el vínculo matrimonial, si no es usted un ciudadano de los Estados Unidos.

He aquí las respuestas a las 10 interrogantes más comunes que surgen cuando divorcio e inmigración son dos elementos que convergen en una misma relación matrimonial, que va rumbo a su terminación:

  1. ¿Si mi cónyuge y yo nos separamos, ello afectará mis beneficios de inmigración? Tal vez. Tanto la Separación de Hecho, como la Separación Legal (la que es ordenada por un tribunal) no constituyen una ruptura del vínculo matrimonial; por lo tanto, la mera separación no afectará su estatus migratorio en tanto que no es un divorcio. En algunos Estados, sin embargo, una prolongada separación legal puede llegar a convertirse en un divorcio después de haber transcurrido un cierto lapso de tiempo; en estos casos, la posibilidad de obtener la ciudadanía por la vía del matrimonio quedaría sin efecto, debido a que dependía de la vida del matrimonio para ser otorgada.
  2. ¿Mi divorcio afectará mi estatus de no-inmigrante? Si su estatus tiene como base su matrimonio con otro no-inmigrante (es decir, si su estatus actual es H-4, L-2 o J-2), entonces al divorciarse de ese otro no-inmigrante automáticamente cesaría su estatus. Por lo tanto, si desea permanecer en los Estados Unidos, usted deberá tramitar la obtención de otro estatus de no-inmigrante, antes de finalizar el proceso de su divorcio.
  3. Tengo aprobada una Petición de Familia (I-130) basada en mi matrimonio con un ciudadano de los Estados Unidos y habíamos presentado la solicitud para mi Residencia Permanente (I-485), la cual aún está pendiente. ¿Afectará mi divorcio la posibilidad de que yo obtenga mi Residencia Permanente? Sí. Su elegibilidad para acceder al estatus de Residente Permanente, depende de su relación matrimonial con una persona que tiene la ciudadanía estadounidense. Si el vínculo legal del matrimonio se rompe antes de que le sea otorgada a usted su Residencia Permanente, ya no será elegible para obtenerla.
  4. Mi cónyuge inmigrante tiene aprobada una petición de inmigrante basada en el empleo (I-140) y está pendiente de aprobación mi solicitud de Residencia Permanente (I-485). ¿Divorciarme afectará mi posibilidad de obtener la Residencia Permanente? Sí. Usted es considerado como un “beneficiario derivado” (o que depende) de su cónyuge. Su capacidad para obtener la Residencia Permanente depende de la existencia de su relación (matrimonio) con su cónyuge. Si esa relación termina por causa de un divorcio, con ello termina también su derecho a obtener la Residencia Permanente a través de su cónyuge.
  5. Actualmente soy un Residente Permanente Condicional (soy titular de una “Green Card”), ¿mi divorcio afectará mi estatus? Las Green Cards condicionales se conceden a los inmigrantes cuyos matrimonios aún no han cumplido los dos años de antigüedad, al momento de otorgarse la Residencia Permanente. Luego de transcurridos dos años de habérsele concedido la Residencia Permanente Condicional, el inmigrante y su cónyuge deben presentar -en forma conjunta- una solicitud para retirar las condiciones. Pero si usted y la persona con quien se casó ya no están juntos, como esposos, para presentar la petición conjunta, podría entonces optar por una dispensa. Esta dispensa está disponible en caso de terminación de matrimonio, si el inmigrante interesado puede demostrar que (a) su matrimonio fue contraído de buena fe y, (b) no es culpa del inmigrante interesado el que no se haga la petición en forma conjunta con su cónyuge, para retirar las condiciones. Este es un procedimiento legal que requiere de conocimientos especializados, por lo que siempre recomendamos encarecidamente hacerlo con la ayuda de un abogado de inmigración.
  6. Soy Residente Permanente Legal (titular de la “Green Card”) en la actualidad ¿Afectará el divorcio mi estatus? No. Si ya le fue otorgada la Residencia Permanente sin condiciones, el divorcio no afectará su estado de inmigración.
  7. ¿Mi divorcio afectará mi posibilidad de obtener la ciudadanía estadounidense? En cierta forma. Si su Residencia Permanente le fue otorgada debido a haber contraído matrimonio con un ciudadano estadounidense, usted puede solicitar la ciudadanía de los Estados Unidos a los tres años después de haber obtenido aquella, siempre y cuando continúen casados. Pero, si su matrimonio acaba legalmente, entonces tendrá que esperar cinco años, antes de poder solicitar la ciudadanía de los Estados Unidos.
  8. ¿Un hijastro pierde la Residencia Permanente obtenida a través del matrimonio de su progenitor con un ciudadano de los Estados Unidos? No. En este caso, aunque el matrimonio que proporcionó la base para la obtención de la Residencia se disuelva, el niño mantendrá su estatus siempre y cuando el estatus de Residencia esté fuera de la etapa condicional.
  9. Soy un ciudadano estadounidense que solicitó y patrocinó a mi cónyuge para obtener los beneficios de inmigración. ¿El divorcio hará que cesen mis obligaciones? No. Si bien el divorcio dará fin a sus obligaciones matrimoniales, su compromiso de apoyo financiero a los efectos de inmigración, se mantiene. Incluso después de la disolución de su matrimonio. Los únicos acontecimientos que pueden hacer cesar este compromiso, son cualquiera de estos 3: (a) que el inmigrante obtenga la ciudadanía, (b) que el inmigrante haya completado sus 40 cuartos de trabajo, o (c) por causa de muerte. En vista de estas razones, quizás usted desee considerar ayudar a su cónyuge a obtener la ciudadanía de los Estados Unidos durante el proceso de divorcio.
  10. ¿Qué debo hacer si me parece que una persona se casó conmigo únicamente para obtener los beneficios de inmigración? Es posible que usted pueda conseguir una anulación basada en una acusación de fraude matrimonial. Cualquier ciudadano de los EE.UU. debe tener presente que podría enfrentarse a una responsabilidad de tipo penal, si hace una falsa acusación de fraude matrimonial. Si usted como inmigrante es el acusado, entonces usted debería defenderse contra cualquier alegación de fraude que tenga como propósito una anulación del matrimonio.

Si usted está atravesando por un proceso de divorcio y usted es un inmigrante o lo es su pareja, lo mejor que puede hacer es consultar con un abogado de inmigración que esté bien informado acerca de las consecuencias del divorcio en el estatus de un inmigrante, así como de las obligaciones que pesan sobre su cónyuge. Los abogados de inmigración de Cárdenas Law Firm, LLC sabemos bien cómo ayudarle y estamos dispuestos a servirle. Desde nuestras oficinas en Miami, Florida y en York, Pennsylvania, atendemos a clientes de todos los Estados Unidos. Contáctenos hoy mismo para programar una consulta.

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