El 18 de Agosto de este año, el Presidente anuncio un cambio en la política de inmigración con el propósito de cerrar administrativamente algunos de los 300,000 casos de deportación actualmente pendientes en las cortes de inmigración por el país. Esto fue un cambio de póliza (o política) y NO una nueva ley. (El Presidente no puede cambiar una ley.) Al siguiente día el teléfono de mi oficina no paraba de sonar. Casi todas las llamadas eran de personas que pensaban que había una nueva ley que podía ayudarlos en conseguir un perdón, una residencia o un permiso de trabajo. En los días siguientes, salieron muchos reportes equivocados con malísimas explicaciones de lo que se anuncio. Yo mismo vi un abogado en televisión dando una explicación totalmente errónea. Aquí les escribo un resumen de exactamente que fue lo que el Presidente Obama anuncio.

Primero, este cambio no es un perdón y no es una manera de aplicar para una residencia o permiso de trabajo. Los únicos que podrían beneficiar de esta nueva póliza son los que actualmente están en proceso de deportación en la corte de inmigración. Los que no están en proceso de deportación no pueden obtener un permiso de trabajo ni beneficiarse en ninguna manera de esta nueva póliza.

Si una persona actualmente esta en proceso de deportación, debe de consultar con un abogado de inmigración para ver si puede calificar para la suspensión de su caso. Un buen abogado de inmigración pudiera preparar una petición para tratar de convencer a los abogados del gobierno o los oficiales de deportación que el caso de su cliente se debe de suspender (Ser cerrado administrativamente.) Los abogados del gobierno deben revisar el caso para decidir si van a suspender el proceso de deportación. (Esta decisión es totalmente a su discreción.) Si deciden suspender el caso, la persona ya no tendrá riesgo de deportación y es posible (no es seguro) que puedan obtener un permiso de trabajo. (Esto no es claro todavía.)

Los inmigrantes indocumentados que no están en proceso de deportación NO pueden obtener un permiso de trabajo, o beneficiar en ninguna manera de esta póliza nueva.

Los inmigrantes indocumentados, que no están en proceso de deportación o que ya tienen una orden de deportación, NO deben de pagar ni un sólo dólar a un abogado, notario o consultante para tratar de beneficiarse de ésta política. NO LE HAGA CASO A LOS QUE LE PROMETEN UN PERMISO DE TRABAJO O LEGALIZACIÓN. ESTO NO ES UNA AMNISTÍA O LEGALIZACIÓN!!

Los que SI se pueden beneficiar de esta nueva póliza de inmigración son esas personas que están actualmente en proceso de deportación. Ejemplo de casos favorecidos por esta nueva póliza incluyen estudiantes y padres de hijos americanos que tiene mucho tiempo en los EE.UU.

Personas viviendo en los Estados Unidos desde niños que son o fueron estudiantes, están en un grupo que fué mencionado específicamente como merecedor un juicio favorable en el procesamiento y la conclusión o cierre de sus casos. Este grupo consiste de gente joven quienes reúnen los requerimientos para el DREAM Act o Acta del SUEÑO (Una propuesta de ley para estudiente que no se hizo ley pero que todavía se esta tratando de que se haga ley.)

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) dijo que quería enfocar el proceso de deportación en aquellos que han cometido crímenes, los cuales representan un peligro para la comunidad.

En decidir si se debe procesar un caso de deportación de una persona o suspender el caso, los funcionarios de inmigración deben considerar factores tales como:

  • el tiempo que la persona ha estado presente en los Estados Unidos;
  • las circunstancias de la llegada de la persona a los Estados Unidos, particularmente si la persona vino a los Estados Unidos como niño pequeño;
  • el nivel de educación de la persona en los Estados Unidos, dándole consideración particular a quienes se hayan graduado de una escuela preparatoria (high school) de los E.U., o que han terminado o están terminando educación avanzada en un colegio o universidad o cursos avanzados en una institución de educación legítima;
  • la historia criminal de la persona, incluyendo arrestos, sentencias anteriores, u órdenes de arresto pendientes;
  • los vínculos y contribuciones de la persona a la comunidad, incluyendo relaciones familiares;
  • la edad de la persona, dando consideración particular a menores y a los ancianos;
  • si la persona tiene un/a esposa/o, hijo/a, o padre/madre ciudadano/a que es ciudadano Americano o residente permanente;
  • si la persona es el guardián principal de una persona con una incapacidad mental o física, un menor, o un pariente cercano seriamente enfermo;
  • si la persona (o la esposa de la persona) está embarazada o amamantando.

El proceso de pedir que el gobierno suspenda su caso de deportación es complicado y se debe de hacer con un abogado de inmigración que sepa bien como presentar una petición de discreción (prosecutorial discretion.) Como abogado de inmigración, yo puedo analizar su caso y determinar si tiene buenas posibilidades de pedir una suspensión de caso de deportación.
Los caso de Inmigración y deportación son muy complicados y requieren la experiencia de un abogado de inmigración competente. Cada caso requiere un consulta individual. Llame a mi oficina para una cita. La primera consulta es gratis.

Abraham B. Cárdenas, Esquire
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